ℹ️ ATENTOS PROPIETARIOS/LOCADORES ℹ️
🏠 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el registro de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551 (Nueva Ley de Alquileres).
📑 La Resolución General (AFIP) N° 4933 establece que: Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación.
👇 El régimen entra en vigencia a partir del 1° de marzo. El plazo para informar estas operaciones, tanto para cuando se suscriba el contrato de locación o arrendamiento, o para cuando se modifique uno ya existente, será dentro de los 15 días corridos posterior al acto.
📝 Tener en cuenta que los contratos ya celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, también deberán registrarse y gozarán de un plazo excepcional para ello hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.
Para consultas y/o asesoramiento:
📲 Tel: 3764661012. 📧 Correo: silfer02@yahoo.com.ar.
✍️ Cra. Silvia Noemí Fernández. MP 1395. CPCEM
😊 Estamos para acompañar los cambios que vienen…
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