A la hora de pensar en alquilar un departamento es lógico pensar primero en su ubicación, la cantidad de metros cuadrados, ambientes, etc. No obstante, también existen otros puntos  igualmente importantes que no deberías dejar de analizar en detalle, en especial si se trata de la primera vez que vas a alquilar un departamento.

Repasemos entonces algunos consejos que deberías tener en cuenta antes de cerrar una operación inmobiliaria:

En caso de alquiler a dueño directo, es importante que averigües si realmente se trata del propietario del inmueble, es decir, del titular. Caso contrario deberás recurrir a la intervención de un escribano público para la firma.

El dueño debe entregar el departamento en excelentes condiciones edilicias. Del mismo modo, el inquilino deberá entregarla en las mismas condiciones en las cuales fue recibida. Es importante tenerlo en cuenta, ya que todos los inmuebles se deterioran con el paso del tiempo, de modo tal que si recibiste un departamento recién pintado, por ejemplo, deberás entregarlo en el mismo estado.

Guardá los comprobantes de pago de todos los servicios, incluidos los de las expensas. Puede ocurrir que necesites presentarlo a la hora de dejar el inmueble.

El propietario está obligado a pagar los arreglos que sean estrictamente necesarios, como la rotura de un caño, por ejemplo, pero no los que tengan que ver con una cuestión de diseño o de estética. Si el dueño, por la razón que sea, no abona en tiempo y forma los gastos de reparación, debe descontarlos del costo del alquiler que estés pagando.

Con excepción de los alquileres a turistas, el plazo mínimo estipulado por la ley para cualquier alquiler de departamento es de dos años. Aunque el precio se fije en dólares, tu derecho como inquilino es abonar el alquiler en pesos.

Algunos dueños pueden pedirte, además de la garantía, que presentes un seguro de caución en caso de que no cumplas con lo estipulado en el contrato de alquiler.

Si ocurre algún accidente, por ejemplo, la rotura de un caño de gas, que impida que puedas seguir habitando el departamento durante un lapso de tiempo considerable, entonces estás en condiciones legales de rescindir el contrato. Desde luego, esto abarca a los accidentes en los que el inquilino no tenga responsabilidad alguna.

Si te atrasás en dos meses en el pago del alquiler, el dueño puede desalojarte, pero únicamente con una notificación emitida con diez días de anticipación. Del mismo modo, podés abandonar el departamento tras haber transcurrido seis meses desde la firma del contrato, desde luego, habiendo notificado al dueño por anticipado.

Al momento de renovar el contrato, también tu garante deberá volver a firmar.

Si la operación se realizó mediante una inmobiliaria, ésta puede pedirte el pago de una comisión que asciende hasta el 4,5% del valor total del contrato. Esto tiene validez únicamente en la ciudad de Buenos Aires. El resto del país cuenta con su propia regulación, dependiendo de la provincia, ciudad o municipio.

Otro dato importante: la ley estipula que nadie puede exigirte un depósito cuyo valor sea mayor a un mes de alquiler. Y tené en cuenta que el dueño deberá devolverte esa suma cuando finalice el contrato.

Tu deber como inquilino consiste en pagar en tiempo y forma las expensas ordinarias del edificio, siendo responsabilidad del dueño pagar las expensas extraordinarias. La administración del edificio es la encargada de discriminar entre ambos gastos. También recordá que el ABL corresponde que sea pagado por el propietario, salvo pacto en contrario.

Respecto a los precios de alquiler, desafortunadamente, no hay mucho que el inquilino pueda hacerse desde el plano legal. La ley de la ciudad no tiene instrumentado ningún tipo de control o intervención, y menos todavía de su aumento; de forma tal que lo más importante es que estudies detenidamente el contrato que te liga al propietario.

Más allá de esto, existe la opción de recurrir al Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios, quienes pueden brindarte asesoramiento en caso de que tengas dudas e incluso oficiar como mediadores en caso de que ocurra algún tipo de conflicto entre el inquilino y el propietario del departamento.